El Comité de Ética en Investigación de Proyecto Suma (CEI PS) tiene como función central evaluar con equidad y transparencia los aspectos metodológicos y éticos de nuestros protocolos de trabajo e investigación en salud mental.
El Comité de Ética
en Investigación de Proyecto Suma (CEI PS) tiene como función central evaluar con equidad y transparencia los aspectos metodológicos y éticos
de nuestros protocolos de trabajo e investigación en salud mental.
El Comité de Ética en Investigación de Proyecto Suma (CEI PS) tiene como función central evaluar con equidad y transparencia los aspectos metodológicos y éticos de nuestros protocolos de trabajo e investigación en salud mental.
Se trata de un órgano independiente, multidisciplinario e integrado por profesionales que
revisten tareas en Proyecto Suma y también externos.
Acreditación y tiempo de validez del Comité
El GCABA dispuso la acreditación del Comité de Ética en Investigación de Proyecto Suma (CEI PS).
Enmarcado en la Ley porteña N° 3301 sobre Protección de Derechos de Sujetos en Investigaciones en Salud, la disposición DI-2022-385, de la Dirección General de Docencia, Investigación y Desarrollo Profesional dispuso la acreditación del CEI PS por un lapso de tres años, con término el 16 de noviembre de 2025.
Funciones
Algunas de las competencias del CEI PS serán:
— Resguardar los derechos de los pacientes de la investigación, la intimidad y confidencialidad de la información obtenida.
— Evaluar la corrección metodológica de los protocolos en relación con los objetivos que se proponen.
— Evaluar la idoneidad del equipo de investigación para llevar a cabo la investigación según los antecedentes curriculares presentados.
— Evaluar la corrección del consentimiento informado brindado por el sujeto de investigación o su representante legal y velar por su comprensión y adhesión voluntaria.
— Realizar el seguimiento de la investigación desde su inicio hasta la recepción del informe final.
— Verificar que los participantes sean informados sobre los resultados de la investigación y accedan a las intervenciones identificadas como beneficiosas para ellos.
— En caso de ser consultado para estudiar las cuestiones éticas involucradas en una práctica clínica, elaborará opinión fundamentada o articulará el asesoramiento pertinente de expertos a fin de asegurar que se adopte la decisión que mejor exprese el respeto por los derechos y el beneficio del usuario.
— Determinar los tipos de estudio pasibles de evaluación, en particular los exploratorios, descriptivos, correlacionales y explicativos. El CEI PS no aceptará para su evaluación estudios del tipo ensayos clínico farmacológico.
– Lic. en Psicología / Universidad
de Buenos Aires, 1989.
– Master en Administración
y Gerenciamiento de la Salud, Universidad Favaloro, 2000
– Lic. en Psicología / Universidad de Buenos Aires, 2010.
– Residencia completa, 2014
– Magister en epidemiología, gestión y políticas de salud, Universidad Nacional de Lanús, 2020